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Reglamento de régimen interno del C.D.B. Leizaran

1. INTRODUCCIÓN

1.1. El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento interno del C.D.Balonmano Leizaran, dentro del marco constituido por la legislación deportiva vigente que le resulta de aplicación y de acuerdo a lo establecido en sus Estatutos, donde se alude en su artículo 20 a la necesidad de la existencia de este Reglamento. El desconocimiento de cualquiera de las normas que se desarrollan en este documento, no eximirá a las personas integrantes del Club de su cumplimiento.

1.2. Quedan sometidas a las disposiciones del presente Reglamento:

 La Directiva, socias y socios, y todas aquellas personas o entidades que por cualquier motivo formen parte o representen al Club.

 Personal técnico del Club.

 Delegados y delegadas de equipos.

 Deportistas inscritos en el Club desde la formalización de su inscripción hasta su baja.

 Familias de deportistas desde el momento de la inscripción hasta su baja en el Club, en aquellos aspectos que les sean aplicables.

1.3. El ámbito espacial de aplicación de este Reglamento será cualquier instalación deportiva, local, edificio, espacio o medio de transporte que utilicen las personas componentes de los equipos del Club en su totalidad o en parte para la realización de las actividades deportivas o cualquier otra actividad relacionada con el Club.

1.4. El ámbito temporal de aplicación de este Reglamento será durante el tiempo ordinario de actividad deportiva, según las previsiones del calendario deportivo y durante todo el año en aquellas actividades complementarias que estén bajo la responsabilidad o supervisión del personal técnico del Club.

1.5. Corresponde al Club a través de su Comisión Disciplinaria o en su defecto, de su Junta Directiva, resolver cualquier cuestión de materia disciplinaria que no sea recogida expresamente en este Reglamento.

1.6. Como norma general para cualquier integrante del Club, en ningún caso se podrán efectuar comentarios o subir información a redes sociales que puedan dañar la imagen del Club o de cualquiera de sus componentes.

 

2. EL CLUB

2.1. El C.D.Balonmano Leizaran es una entidad deportiva sin ánimo de lucro. Los ingresos obtenidos a través de aportaciones de socias, socios, jugadoras y jugadores, subvenciones y otros medios, son destinados en su totalidad a la adquisición de material deportivo, pago de derechos federativos, promoción del balonmano y, en general, a todos los gastos relacionados con la enseñanza y la práctica de dicho deporte.

2.2. El Objetivo general del C.D.Balonmano Leizaran es la formación progresiva e integral de sus componentes, tanto humana como deportiva, a través de la práctica del balonmano en todas sus categorías, mediante la enseñanza y desarrollo de la práctica del balonmano.

2.3. Además de la práctica deportiva, se establecen, asimismo, una serie de objetivos fundamentales que se pretenden desarrollar en la educación integral de jugadoras y jugadores, como el compañerismo, el respeto, la urbanidad, la deportividad y los buenos modos.

 

3. ORGANIGRAMA

 

Destinatario Email
Información general info@leizaraneskubaloia.com
Area deportiva kirolarloa@leizaraneskubaloia.com
Comunicación komunikazioa@leizaraneskubaloia.com
Tesorería diruzaintza@leizaraneskubaloia.com
Area de eventos ekitaldiak@leizaraneskubaloia.com
Presidencia zuzendaritza@leizaraneskubaloia.com

 

4. FUNCIONES

4.1. DE LA ASAMBLEA GENERAL

 Aprobación de Programas y Memorias de actuación.

 Aprobación de Presupuestos y balances.

 Establecer las líneas generales de actuación de la asociación.

 Elegir Junta Directiva.

 Todas aquellas cuestiones que la Junta Directiva crea oportunas de tratar y no estén asignadas expresamente a la Asamblea General Extraordinaria.

4.2. DE LA JUNTA DIRECTIVA

 Ejercer las funciones que los Estatutos y el presente Reglamento le confieren.

 Cumplir y hacer cumplir los acuerdos tomados por la Asamblea General.

 Preparar y presentar a la Asamblea general los trabajos que se han de estudiar y aprobar en la misma.

 Administrar los recursos económicos, materiales y patrimoniales del Club.

 Ordenar pagos por cuenta del Club así como autorizar con su firma documentos y correspondencia.

 Nombrar y cesar a los cargos que componen el organigrama del Club.

 Asistir a las reuniones tanto de la junta directiva como de las distintas comisiones.

 Guardar secreto de las informaciones y discusiones mantenidas en las reuniones.

 Formar parte de las comisiones que la Junta Directiva estime convenientes.

– Si otro club quiere fichar a una jugadora o jugador, o una jugadora o jugador quiere marcharse a otro club, podrá tomar las medidas oportunas para salvaguardar los intereses del club.

– En los partidos disputados por equipos del club, no protestará ni realizará gesto o manifestación despectivos hacia el arbitraje del partido, equipo contrario o público, pues como representante máximo o máxima del club debe dar ejemplo de comportamiento.

 Conocer y velar por el correcto cumplimiento del presente Reglamento

 No utilizar el nombre del Club ni otorgarse representación en nombre del mismo sin permiso directo de la Junta Directiva.

 Se abstendrán de inmiscuirse en aspectos técnicos propios del personal técnico del Club.

4.3. DE LA DIRECCIÓN DEPORTIVA

– Realizará la programación anual, el seguimiento de la misma y la memoria de cada temporada.

 Redactará informes de aquellos aspectos deportivos que le sean requeridos.

– Evaluará a petición de la Junta Directiva el aprovechamiento de los recursos y realizará las gestiones oportunas para garantizar el aprovechamiento máximo de los activos del Club.

– Propondrá a la Junta Directiva el nombramiento de su equipo de trabajo, y podrá elevar a la Junta propuesta de cese de los mismos.

4.4. DE LA COORDINACIÓN DE ESCUELAS

 Coordinará la ejecución material de la programación que se establezca en la temporada de los equipos que participen en competición federada.

 Informará a la Junta Directiva de todos aquellos asuntos deportivos y disciplinarios que afecten al Club. Participará en la Comisión disciplinaria si así se lo solicita la Junta Directiva.

 Deberá coordinarse con entrenadoras y entrenadores realizando aquellas reuniones que garanticen el buen desarrollo del programa. De igual modo, deberá coordinarse con las otras áreas de la entidad, con el ayuntamiento y con otros clubes o federaciones para tratar cualquier asunto que vaya encaminado a conseguir el mejor rendimiento deportivo de la entidad.

 Elaborará y supervisará la ejecución material de la programación técnica que se establezca en la temporada para escolares de categoría alevín.

 Hará un seguimiento del trabajo realizado por el monitorado en sus respectivos equipos.

 Marcará las pautas del arbitraje escolar para que su labor se adecúe a las características de los jugadores y las jugadoras que estén participando en la competición.

 Variará lo necesario las normas de juego dependiendo del nivel técnico y físico que tengan jugadoras y jugadores participantes y de forma que se cumpla el objetivo del máximo aprendizaje, a la vez de que resulte amena la actividad. De cualquier variación de las normas de juego informará puntualmente a las personas que arbitran para que lo pongan en práctica cuando dirijan los partidos.

4.5. DE ENTRENADORAS Y ENTRENADORES

 Realizar la planificación deportiva de la temporada, dirigir los entrenamientos y los partidos de su equipo, coordinados con el resto de equipos, proponer la plantilla de jugadores y jugadoras, todo esto siguiendo las directrices indicadas por la Dirección Deportiva.

– Conocer y velar por el correcto cumplimiento del presente Reglamento.

– Cumplir con los horarios de entrenamiento existentes.

 Acudir al entrenamiento en ropa de deporte, utilizar la indumentaria del club en los partidos y velar porque jugadoras y jugadores lleven en todo momento la indumentaria adecuada, tanto en entrenamientos como en partidos.

– En todo momento, debe portar con dignidad, orgullo y respeto los uniformes del Club.

– Cuidar y responder del material utilizado para los entrenamientos y partidos de su equipo.

 Cuidar de que su equipo utilice de forma adecuada las instalaciones deportivas donde juegue o entrene.

– Custodiar las fichas de su equipo.

– Rechazar todo tipo de violencia y malos comportamientos.

– Inculcar hábitos de higiene, puntualidad y nutrición entre jugadoras y jugadores.

– Mostrar espíritu de mejora y perfeccionamiento profesional en su trabajo.

 No utilizar el nombre del Club ni otorgarse representación en nombre del mismo sin permiso directo de la Junta Directiva.

 Si la Junta Directiva lo estima conveniente, ser portavoz hacia madres y padres de cualquier evento, reunión, etc.

– Asistir a todas las reuniones que se estimen oportunas por la Junta Directiva.

– Avisar con la suficiente antelación cuando no pueda asistir a un entrenamiento, partido o evento para poder organizar su sustitución.

 No suspender o modificar horarios de entrenamientos sin el conocimiento de la Dirección Técnica.

4.6. DE DELEGADAS Y DELEGADOS

 Representar al equipo en los partidos que dispute, siendo el enlace entre entrenadora o entrenador, el Club contrario y árbitro.

 Colaborar en todas aquellas funciones, dentro del equipo, que pudiera necesitar la entrenadora o entrenador. Ayudar con el material deportivo que le sea asignado (botiquín, botellero, etc.).

 Conocer y velar por el correcto cumplimiento del presente Reglamento.

 Informar de aquellos actos que puedan afectar a la buena marcha deportiva del equipo y al incumplimiento del presente Reglamento, poniéndolo en conocimiento del estamento del Club que considere más apropiado para su aclaración.

 No utilizar el nombre del Club ni otorgarse representación en nombre del mismo sin permiso directo de la Junta Directiva.

 Contactar con los servicios de emergencia pertinentes ante cualquier incidencia que así lo requiriera.

 Custodiar las fichas federativas del equipo, presentarlas a la persona que arbitre, así como manejar la documentación que necesite para cumplir con su labor, como datos de teléfonos, direcciones, etc.

4.7. DE JUGADORAS Y JUGADORES

– Mantener una actitud de respeto y disciplina hacia las actividades, decisiones y consignas propuestas por sus entrenadoras y entrenadores, esforzándose y obligándose a aprender y mejorar en todos los aspectos.

 Mantener una actitud de colaboración, apoyo y respeto hacia sus compañeras y compañeros tanto en el interior del terreno como desde el banquillo, o como espectadora o espectador.

 Justificar, comunicándolo a su entrenadora o entrenador con la debida antelación, las ausencias a entrenamientos y partidos en aquellos casos en los que no pueda acudir.

– No protestar ni realizar gesto o manifestación despectivos hacia la persona que arbitra el partido, rivales o público. Al finalizar el partido deberá saludar al equipo adversario y aplaudir y agradecer el apoyo del público.

 No provocar ni responder a acciones violentas o conductas antideportivas de jugadoras o jugadores rivales.

– No utilizar un vocabulario soez o malsonante en los partidos ni en los entrenamientos.

– Acatar con respeto las sanciones disciplinarias.

– Cumplir en todo momento con las normas de este Reglamento.

 Asistir con puntualidad a los entrenamientos y convocatorias de eventos deportivos, debiendo estar con la indumentaria apropiada a la llegada de entrenadoras y entrenadores (cambiarse con antelación).

– No realizar ninguna actividad que distraiga de la labor deportiva en entrenamientos, partidos o reuniones del equipo o del club, tales como el uso de móviles, aparatos de música o cualquier otro elemento que le impida concentrarse en la actividad.

– En todo momento, debe portar con dignidad, orgullo y respeto los uniformes del Club.

– Deberá acudir al entrenamiento con la ropa de deporte adecuada. En ningún caso podrá utilizarse la equipación oficial de juego vigente en las sesiones de entrenamiento. La equipación entregada por el Club a cada deportista es responsabilidad exclusiva de la jugadora o del jugador y solo será utilizada en todos aquellos actos sociales o deportivos que indique el club. En caso de extravío o deterioro por uso negligente, el club facilitará una nueva prenda previo pago de las misma.

– Observar las más comunes normas de higiene, salud, etc.

– Las personas que durante el encuentro estén en el banquillo quedan obligadas a guardar la debida compostura, aceptando en todo momento las indicaciones de entrenadoras, entrenadores y delegación.

– Fomentar el espíritu de equipo y de Club.

– No podrá acudir a los entrenamientos de otro equipo ni probar para integrarse como deportistas de otro club sin el consentimiento escrito de la Junta Directiva.

– Si tiene intención de marcharse a otro club durante la temporada o la temporada siguiente, deberá comunicarlo a la Junta Directiva.

4.8. FAMILIAS

Parte más importante por lo que representa el ejemplo de sus actuaciones y comentarios a jugadores y jugadoras:

– Llevarán puntualmente a sus hijos e hijas a entrenamientos y eventos cívicos y deportivos programados por el club.

– Asistirán a reuniones programadas por el club.

– Respetaran las decisiones e indicaciones de entrenadoras, entrenadores, coordinadoras y coordinadores en partidos y entrenamientos.

– Apoyarán a sus hijas e hijos sin interferir con el trabajo de entrenadores y entrenadoras

– Deberán animar, ayudar y colaborar en todo aquello que favorezca la buena marcha del Club, del que son una parte importante y necesaria para el buen funcionamiento de esté.

 Procurarán favorecer la participación activa de sus hijas e hijos evitando castigarles, ya que la superación y continuidad en este deporte depende en gran parte de su colaboración. Buscarán otros recursos que no perjudiquen a sus compañeros, compañeras y al Club en general, siendo aconsejable el dialogo con la Dirección Deportiva y entrenador o entrenadora.

– Se abstendrán de utilizar un vocabulario soez o tener actitudes poco correctas con las personas que arbitran, entrenan y juegan, tanto del Club como rivales, tanto en partidos como en entrenamientos, en cualquier lugar donde está representado el Club.

 Facilitarán y apoyarán la labor de los entrenadores y entrenadoras, Dirección Deportiva y Delegación de equipo, ya que es sabida su dedicación en tan complicada y difícil tarea.

 Evitarán en lo máximo posible comentarios técnico-tácticos a las personas que entrenan y juegan, tanto en partidos como entrenamientos, pudiendo siempre animar y aplaudir cualquier actuación, por muy deficiente que ésta sea.

 No manifestar expectativas irreales, ya que los niños y niñas desean dar satisfacción a sus madres y padres, y a veces pagan un precio muy alto, provocando estados de ansiedad.

 No dar excesiva importancia al resultado, sino al estado de vuestros hijos e hijas, si se han divertido, valorar su esfuerzo, su constancia, el interés para mejorar…..

 Evitar actitudes y comportamientos que pudieran generar estrés, desmotivación o preocupación en vuestros hijos y vuestras hijas (comentarios de decepción, críticos, amenazantes…).

 Entender la competición como una parte más de la formación y mantener una aptitud de equilibrio emocional tanto en los momentos buenos como en los momentos difíciles que aparecen en cualquier momento.

 No gritar a las personas que estén jugando, entrenando o arbitrando y menos hacer comentarios que menosprecien o ridiculicen la dignidad e integridad de las personas, no podéis olvidar que sois su modelo y referente importante para vuestras hijas y vuestros hijos y que muchas veces copian vuestra conducta, controlar vuestra emociones, aunque haya que hacer un gran esfuerzo.

– Inculcarán valores y actitudes que vayan más allá del campo, de respeto, colaboración, dialogo, responsabilidad….

 Comunicarán cualquier sugerencia parar mejorar el club o inquietudes que tenga, bien por escrito o verbalmente el día y hora designado para estos menesteres.

– Deberán solicitar cita previa para tener una entrevista y hablar con el entrenador, la entrenadora o Dirección Deportiva.

 Velará del cumplimiento activo del presente Reglamento de Régimen Interno en todos los niveles de su área.

– Los familiares de jugadoras y jugadores son responsables de sus actos, de tal manera que si como consecuencia de los mismos se ocasionaran incidentes que determinaran la imposición de sanción económica al club por parte de cualquier organismo federativo, y otro de carácter público o privado, deberán asumir y abonar al club el importe de la sanción impuesta. Son conscientes los familiares de las personas integrantes del club que el incumplimiento de lo dispuesto en este artículo, como quiera que supone el no acatamiento de las normas del club, puede suponer la expulsión de su hija hijo del Club, con independencia de que el club se reserva el derecho de reclamar en el orden jurisdiccional que competa el importe de los daños causados.

 

5. INSTALACIONES Y MATERIAL

5.1. En las instalaciones deportivas que utilice un equipo del Club, bien sean municipales o las que se usen como visitantes, queda prohibido comportarse de forma inadecuada con acciones que no sean las apropiadas para el uso de esa instalación, respetando en todo momento las normas establecidas.

5.2. Las instalaciones deben de mantenerse limpias y cada equipo se responsabilizará de que todos los elementos de las mismas, como duchas, bancos, perchas, puertas de acceso, etc., queden en perfectas condiciones para su posterior utilización.

5.3. Todos los desperfectos causados en las instalaciones o en el material entregado a un jugador o una jugadora, debido a una utilización negligente, irán a su cargo.

5.4. Cada equipo debe dejar el material utilizado en entrenamientos y partidos en el lugar destinado al mismo y en las condiciones óptimas para su posterior utilización.

5.5. En todo momento se seguirán las indicaciones o avisos que efectúen tanto las personas encargadas de las instalaciones como la Directiva del club.

 

6. CONVOCATORIAS Y DESPLAZAMIENTOS

6.1. Para los partidos de competición, jugadores y jugadoras deberán estar en el lugar y la hora de convocatoria que le comunique su entrenador o entrenadora.

6.2. El servicio de transporte en autocar se prestará exclusivamente en aquellos partidos de Competición Oficial de la Federación vasca de Balonmano que se celebren en instalaciones fuera de Gipuzkoa, partidos amistosos o cualquier otro torneo en el que pueda participar el Club.

6.3. En cualquier caso, el Club podrá gestionar el transporte en autocar a competiciones, torneos o partidos amistosos siempre que sea requerido por la mayoría de jugadoras y jugadores de cualquier equipo que lo solicite, previo pago del coste del mismo.

 

7. REGIMEN DISCIPLINARIO

7.1. El incumplimiento del articulado del presente Reglamento motivará la apertura, por parte de la Junta Directiva del Club o de la Comisión Disciplinaria, de una investigación de los hechos en la que se dará audiencia a todas las partes implicadas para poder calificar de la gravedad de los mismos.

7.2. Si de la investigación se deduce la responsabilidad de algún miembro del estamento deportivo del Club se establecerá la sanción correspondiente a la gravedad del incumplimiento, comunicándosela a la persona afectada.

7.3. Sin perjuicio de acciones posteriores, entrenadoras y entrenadores podrán adoptar las medidas que consideren pertinentes para mantener el orden y disciplina dentro de su equipo, comunicándolas con posterioridad a la Junta Directiva que dictaminará si procede algún tipo de sanción.

7.4. Las infracciones que pueden cometer los miembros del estamento deportivo del Club se podrán calificar como:

 Leves.

 Graves.

 Muy graves.

7.5. Sin perjuicio de otras que se deriven del incumplimiento de la normativa del presente Reglamento, son faltas leves:

-Las faltas injustificadas de puntualidad.

-La no comunicación de cualquier anomalía o falta de asistencia a entrenamientos y partidos con la suficiente antelación cuando aquello sea posible.

-La actitud pasiva en entrenamientos y partidos.

-La falta leve de respeto a sus compañeros, compañeras, entrenador o entrenadora, que se lleven a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otras personas jugadoras, árbitros, etc.

-Los actos de indisciplina, injuria u ofensa no graves.

-Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del Club.

-Reacciones violentas o descontroladas en el transcurso de partidos o entrenamientos contra material deportivo, mobiliario o instalación, a consecuencia de decisiones tomadas por el entrenador, la entenadora, árbitro o debidas a cualquier otro lance de la actividad deportiva.

7.6. Sin perjuicio de otras que se deriven del incumplimiento de la normativa del presente Reglamento, son faltas graves:

– Las faltas injustificadas de asistencia a entrenamientos y partidos.

 La reiterada y continua falta de respeto con compañeros, compañeras, entrenadora o entrenador, así como cualquier comportamiento incorrecto y falto de respeto de carácter grave que se lleve a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otras personas jugadoras, árbitros, etc.

– Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave a los miembros del Club y otros en deterioro de la imagen del Club.

– La agresión física grave a miembros del Club o de otros clubes, así como a árbitros, público, etc.

 Los actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del Club.

 La reiterada y sistemática comisión de faltas leves en una misma temporada deportiva.

7.7. Sin perjuicio de otras que se deriven del incumplimiento de la normativa del presente Reglamento, son faltas muy graves:

 Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra personas del Club u otras acciones que causen deterioro a la imagen del Club.

 La agresión física muy grave a miembros del Club o de otros clubes, así como a árbitros, público, o a cualquier otra persona.

 La comisión de tres faltas graves durante una misma temporada deportiva.

 

8. SANCIONES

8.1. Por la comisión de falta leve, se podrán imponer las siguientes sanciones:

 Amonestación privada y realización de tareas, si procede, que cooperen en la reparación de la falta cometida. Como caso excepcional, este tipo de sanción podrá imponerlo el entrenador o la entrenadora. Cualquier otro, será misión de la Junta Directiva o de la Comisión de Disciplina.

 Amonestación escrita a la persona infractora que será comunicada a familiares en caso de menores de edad.

 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Club.

 Suspensión de la práctica deportiva por un período de tiempo no superior a 8 días.

8.2. Por la comisión de falta grave, se podrán imponer las siguientes sanciones:

 Realización de tareas, si procede, que cooperen en la reparación del daño producido, o en su caso, abonar las reparaciones necesarias por el deterioro grave causado.

 Suspensión de la práctica deportiva por un período de 8 días a 1 mes.

8.3. Por la comisión de falta muy grave se podrán imponer las siguientessanciones:

 Suspensión de la práctica deportiva por un período de 1 mes a una temporada.

 Expulsión del C.D.Balonmano Leizaran.

8.4. En cualquier caso, la persona sancionada no tendrá derecho a reembolso de ninguna cantidad de dinero que hubiera abonado en concepto de cuota al Club.